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La contraloría social es una obligación y un compromiso que fortalece el desarrollo de los programas sociales, así como las obligaciones establecidas en la reforma constitucional y la Ley General de Educación, respecto a transparentar el uso de los recursos y fortalecer la rendición de cuentas, con el propósito de hacer más eficiente su aplicación en los servicios educativos.

De acuerdo a las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el ejercicio fiscal 2024, en el apartado 7.2: Se reconoce a la contraloría social como el mecanismo de las personas beneficiarias, de manera organizada, independiente, voluntaria y honorífica, para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas federales, de conformidad con los artículos 69, 70 Y 71 de la Ley General de Desarrollo Social; 67, 68, 69 Y 70 de su Reglamento.

Será el área de enlace estatal de la unidad de contraloría social, la responsable de la constitución del comité de Contraloría Social. El Comité de Contraloría Social será integrado y constituido por personal docente, técnico docente, con funciones de dirección, supervisión y asesoría técnico pedagógica de educación básica en los distintos niveles y modalidades educativas sujetos a formación continua durante 2024. Se promoverá que la integración de los comités sea equitativa entre hombres y mujeres, siempre que las características del programa lo permitan. Los beneficios a vigilar son: los apoyos para acceder a opciones de formación continua a través de cursos, talleres, diplomados, encuentros u otros dispositivos formativos que atiendan a las necesidades de formación para el mejor desarrollo del servicio educativo.

Los comités de Contraloría Social podrán realizar las siguientes actividades:

  1. Solicitar a la instancia normativa, oficinas de representación federal o a la instancia ejecutora la información pública relacionada con la operación del programa federal;
  2. Vigilar que: Se difunda información suficiente, veraz y oportuna sobre la operación del programa federal; 
    • El ejercicio de los recursos públicos para los beneficios otorgados por el programa federal sea oportuno, transparente, observante de las reglas de operación y, en su caso, de la normativa aplicable;
    • Las personas beneficiarias del programa federal cumplan con los requisitos de acuerdo con la normativa aplicable;
    • Se cumpla con los periodos de ejecución y entrega de los beneficios;
    • Exista documentación comprobatoria del ejercicio de los recursos públicos y de la entrega de los beneficios;
    • El programa federal no se utilice con fines políticos, electorales, de promoción personal, de lucro u otros distintos al objeto del programa federal;
    • El programa federal se ejecute en un marco de igualdad entre mujeres y hombres; y
    • Las autoridades competentes den atención a las quejas y denuncias relacionadas con el programa federal.
  1. Elaborar informes de los resultados de las actividades de operación de la Contraloría Social realizadas, así como dar seguimiento, en su caso, a los mismos; y
  2. Recibir las quejas y denuncias sobre la aplicación y ejecución de los programas federales, recabar la información de estas y canalizarlas a las autoridades competentes para su atención

  • Fungir como un mecanismo de combate a la corrupción en la gestión pública.
  • Practicar la transparencia y rendición de cuentas, de la que tienen obligación todos los programas sociales y se puede extender a otros programas.
  • Contribuir al logro de los objetivos y estrategias en materia de política social.
  • Mejora la transparencia al favorecer la comunicación y cercanía de los beneficiarios con la gestión pública. 
  • Mejora la planificación y ejecución de las políticas públicas, pues, permite la identificación temprana de conflictos para su prevención.
  • Promueve una conciencia de responsabilidad social y cívica.

En materia de promoción, operación y seguimiento del mecanismo Contraloría Social, este programa federal se encuentra sujeto a los Lineamientos y la Estrategia Marco vigentes emitidos por la Secretaría de la Función Pública, así como a los documentos normativos (Esquema, Guía Operativa y Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social) validados por dicha dependencia, mismos que integran la Estrategia de Contraloría Social.

Extraído del ACUERDO número 23/12/23 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el ejercicio fiscal 2024. publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF): 29/12/2023

RECUERDA QUE:

A través de tu participación en la contraloría social; la comunidad educativa y las autoridades, podrán conocer el cumplimiento de las acciones del PRODEP y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados.