Transparencia

Transparencia IEPPDCH

¿Qué es la transparencia?

Consiste en que los llamados sujetos obligados hagan claro y visible el ejercicio de sus atribuciones, facultades y funciones, el manejo de los recursos públicos que administran y las decisiones que toman en el ámbito de su competencia, poniendo a disposición de la sociedad la información que generan, obtienen, poseen o resguardan.

¿Qué es la transparencia activa?

La denominada “transparencia activa” consiste en la publicación de aquella información que por mandato de la ley los llamados sujetos obligados deben poner a disposición del público y actualizar de manera permanente, sin necesidad de que medie o se presente una solicitud mediante la cual se solicite el acceso a dicha información; en nuestro país este tipo de transparencia fue previamente conocida como “información pública de oficio u obligatoria” y actualmente se utiliza el término “obligaciones de transparencia” para referirse a ella.

¿Dónde puedo consultar la información de las obligaciones de transparencia del IEPPDCH?

El Instituto de Evaluación, Profesionalización y Promoción Docente de Chiapas es uno de los sujetos obligados del ámbito estatal, por lo que en cumplimiento a lo establecido en el artículo 65 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas (LTAIPCHIS), transparenta activamente la información de las obligaciones que le son aplicables tanto en el Portal de Obligaciones de Transparencia (POT), como en su propio portal INSTITUCIONAL la cual puedes consultar si ingresas a cualquiera de las siguientes primeras dos opciones:

DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA

¿Cuáles son las Obligaciones de Transparencia que le son aplicables al IEPPDCH?

El último párrafo del artículo 65 de la LTAIPCHIS establece que los Sujetos Obligados deberán informar a la Autoridad Garante competente, de forma fundada y motivada, cuáles son las fracciones de este artículo que les resultan aplicables, para efecto de que dicha autoridad las valide.

Una vez que cuenten con la validación de referencia, los Sujetos Obligados procederán a publicarlas en la Plataforma Nacional, por lo que ponemos a tu disposición la tabla de aplicabilidad 2026 de las Obligaciones de Transparencia Comunes del IEPPDCH, aprobada por el Órgano Garante Transparencia para el Pueblo de Chiapas el 4 de marzo de 2026.

Tabla de aplicabilidad 2026 (Obligaciones de Transparencia Comunes)

Ejercicio del derecho de acceso a la información (DAI) ante el IEPPDCH

¿Qué es la transparencia reactiva?

La llamada “transparencia reactiva” se refiere al ejercicio del derecho de acceso a la información (DAI), el cual es un derecho humano y fundamental de rango constitucional distinto al derecho de petición.

¿Cómo puedo ejercer el DAI?

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas (LTAIPCHIS) establece que cualquier persona por sí misma o a través de su representante, podrá presentar una solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico o por correo postal, mediante servicio de mensajería, por telégrafo, verbalmente o a través de cualquier otro medio que al efecto establezca o apruebe el Sistema Nacional.

Asimismo, nos permitimos sugerirte que utilices la Plataforma Nacional de Transparencia para solicitarnos información del IEPPDCH que sea de tu interés, ya que es el medio más sencillo que existe en México para ejercer el DAI, la cual puedes usar si das clic en la siguiente imagen:

¿Tiene algún costo solicitarle información al IEPPDCH?

Ejercer el DAI es gratuito, no tiene costo alguno, pero la reproducción de la información solicitada a través de la expedición de copias simples o certificadas, así como su entrega en dispositivos compactos de almacenamiento óptico como CD-Roms y DVD-Roms, podría conllevar el pago de derechos o productos por concepto de cuotas de acceso o costos de reproducción y gastos de envío que se encuentran previstos en la fracción I del artículo 50 de la Ley de Derechos del Estado de Chiapas y en la fracción X del artículo 266 del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas.