Establecer la coordinación y vinculación necesarias con las unidades administrativas de la Secretaría de Educación y organismos descentralizados de Educación Media Superior, para llevar a cabo el registro, control y operación de los procesos de admisión, promoción y reconocimiento, establecidos en la Ley.
Establecer la coordinación y vinculación necesarias con las unidades administrativas de la Secretaría de Educación y organismos descentralizados de Educación Media Superior, para llevar a cabo el registro, control y operación de los procesos de admisión, promoción y reconocimiento, establecidos en la Ley.
De conformidad con los artículos 15 y 16 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, la oficina de Enlace del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros tiene a su cargo atribuciones operativas y de gestión para coordinar los procesos establecidos en la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en Educación Básica, además funge como enlace estatal con los Subsistemas de Educación Media Superior y la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (USICAMM).
De conformidad con los artículos 15 y 16 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, la oficina de Enlace del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros tiene a su cargo atribuciones operativas y de gestión para coordinar los procesos establecidos en la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en Educación Básica, además funge como enlace estatal con los Subsistemas de Educación Media Superior y la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (USICAMM).